Las multas pueden variar de los 500 pesos a los 30 mil pesos, según sea la gravedad de la falta
El Cabildo de Chapala aprobó elevar a falta administrativa el acoso callejero durante la última sesión de cabildo el 28 de junio.
Jazmín Stengel.- El acoso callejero ahora será considerado como una falta administrativa en el municipio de Chapala. La propuesta fue presentada por el Instituto de la Mujer y aprobada por el cabildo durante su última sesión el 28 de junio.
A pesar de que la propuesta fue presentada en un inicio por los servidores sociales del estado que formaron parte del programa ‘Nos Movemos Seguras’ a la Sindicatura de Chapala durante la administración 2018-2021, el Instituto de la Mujer municipal fue quien le dio seguimiento hasta su aprobación.
La falta administrativa no constituye un delito por no estar tipificada en el Código Penal, pero moralmente son consideradas como incorrectas. Es decir, el cabildo de Chapala aprobó que a partir del 29 de junio el acoso callejero será sancionado al igual que una falta administrativa grave o no grave, según sea la situación del acusado.
Causar escándalos en lugares públicos o privados, es una de las acciones que los hace acreedor a una sanción, así como ofender a segundos o terceros con palabras altisonantes en lugares públicos y privados, gritos fuera de lugar, discriminación, exhibicionismo, acoso sexual, piropos obcenos y el hostigamiento, son otros de tantos ejemplos más.
Según el artículo 48 del Reglamento Municipal y Buen Gobierno de Chapala, las posibles sanciones son “amonestación pública y/o privada, multas de tres a 180 días de salario mínimo, 36 horas de detención o el retiro de la licencia comercial si es el caso”, se lee en el documento oficial.
En México el salario mínimo en el occidente del país es de 172 pesos por jornada laboral de 8 horas. Así que las multas pueden variar entre los 512 y los 31 mil pesos. El artículo 30, de nuestro reglamento municipal, puntualiza que las faltas administrativas cometidas entre padres e hijos o de cónyuges entre sí, solamente podrán sancionarse a petición expresa del ofendido.
Para que la población logré distinguir los diferentes niveles de acoso, el Instituto de la Mujer con sus campañas ‘Barrios de Paz’ y ‘Nos Movemos Seguras’, reparte volantes con la ilustración del ‘Violentómetro’ y ‘Acosómetro’.
El acoso callejero se define como conductas de violencia contra las mujeres en el espacio público, consiste en las acciones físicas o verbales con contenido sexual contra una persona que no quiere participar de esas acciones. El acoso sexual se basa en el género o en la identidad sexual de la persona que sufre el acoso.
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