El Cabildo de Chapala aprobó elevar a falta administrativa el acoso callejero durante la última sesión de cabildo el 28 de junio.
Jazmín Stengel.- El acoso callejero ahora será considerado como una falta administrativa en el municipio de Chapala. La propuesta fue presentada por el Instituto de la Mujer y aprobada por el cabildo durante su última sesión el 28 de junio.
A pesar de que la propuesta fue presentada en un inicio por los servidores sociales del estado que formaron parte del programa ‘Nos Movemos Seguras’ a la Sindicatura de Chapala durante la administración 2018-2021, el Instituto de la Mujer municipal fue quien le dio seguimiento hasta su aprobación.
La falta administrativa no constituye un delito por no estar tipificada en el Código Penal, pero moralmente son consideradas como incorrectas. Es decir, el cabildo de Chapala aprobó que a partir del 29 de junio el acoso callejero será sancionado al igual que una falta administrativa grave o no grave, según sea la situación del acusado.
Causar escándalos en lugares públicos o privados, es una de las acciones que los hace acreedor a una sanción, así como ofender a segundos o terceros con palabras altisonantes en lugares públicos y privados, gritos fuera de lugar, discriminación, exhibicionismo, acoso sexual, piropos obcenos y el hostigamiento, son otros de tantos ejemplos más.
Según el artículo 48 del Reglamento Municipal y Buen Gobierno de Chapala, las posibles sanciones son “amonestación pública y/o privada, multas de tres a 180 días de salario mínimo, 36 horas de detención o el retiro de la licencia comercial si es el caso”, se lee en el documento oficial.
En México el salario mínimo en el occidente del país es de 172 pesos por jornada laboral de 8 horas. Así que las multas pueden variar entre los 512 y los 31 mil pesos. El artículo 30, de nuestro reglamento municipal, puntualiza que las faltas administrativas cometidas entre padres e hijos o de cónyuges entre sí, solamente podrán sancionarse a petición expresa del ofendido.
Para que la población logré distinguir los diferentes niveles de acoso, el Instituto de la Mujer con sus campañas ‘Barrios de Paz’ y ‘Nos Movemos Seguras’, reparte volantes con la ilustración del ‘Violentómetro’ y ‘Acosómetro’.
El acoso callejero se define como conductas de violencia contra las mujeres en el espacio público, consiste en las acciones físicas o verbales con contenido sexual contra una persona que no quiere participar de esas acciones. El acoso sexual se basa en el género o en la identidad sexual de la persona que sufre el acoso.
Vista de la cascada de El Salto, en el Río Santiago. Foto: W Radio.
Redacción.- El cauce del Río Santiago comienza una lenta descontaminación luego de la inversión de mil 666 millones de pesos que gastará el Gobierno del Estado de Jalisco en la adecuación de las plantas de tratamiento de aguas residuales y colectores a lo largo de la cuenca.
En los 13 puntos monitoreados, entre febrero del 2018 y el mismo mes del año en curso se ha reportado una buena oxigenación, pero los coliformes fecales se han mantenido.
El especialista en cuerpos de agua y director del Instituto de Limnología de la Universidad de Guadalajara, Eduardo Juárez Carrillo, opinó que con la operación de 17 nuevas plantas de tratamiento a partir del segundo trimestre del 2021 los resultados más notables se verán en dos años más.
“Empiezan a verse resultados muy cerca de las plantas de tratamiento en donde se están vertiendo sus aguas. El agua saneada sale sin bacterias, sin coliformes fecales, pero a los metros de que salió se mezcla con agua que tiene muchos problemas de contaminación”, compartió el científico.
Los 13 puntos de muestreo dentro de la cuenca arrojan una mala calidad del agua en cada uno de ellos según la plataforma Visor Santiago, la cual no se ha actualizado desde el 2021.
Con información de Mural.
Ficha informativa sobre la detención de Omar O. y Carlos Alberto D. Foto: Fiscalía.
Redacción.- La Fiscalía Especial Regional del Distrito V con sede en Chapala, logró la captura y vinculación a proceso de un par de sujetos señalados como los probables responsables del delito de administración fraudulenta con una afectación aproximada de 224 millones 576 mil pesos, en agravio de una persona que formaba parte de los inversionistas de un centro comercial.
Se trata de Omar O. y Carlos Alberto D. quienes por solicitud del agente del Ministerio Público permanecerán en prisión preventiva justificada, durante un año, como medida cautelar.
La presente investigación se desprende de la denuncia presentada en el año 2008, en la que se dio cuenta que la parte ofendida y los imputados crearon una asociación con un establecimiento comercial localizado sobre la carretera Chapala – Jocotepec, al cruce del libramiento de Ajijic, en la delegación de San Antonio Tlayacapan, y entre sus funciones estaba la venta y renta de locales en los que se establecieron diversos negocios.
Sin embargo, uno de los inversionistas falleció, por lo que Omar O. y Carlos Alberto D., prosiguieron con la administración del lugar sin realizar las debidas formalidades ante tal situación, y a su vez, presuntamente de forma ilícita, continuaron lucrando con las ganancias de dicha persona.
La parte beneficiaria de la víctima fallecida, y a quien le correspondía un porcentaje de la administración de ese bien, interpuso la denuncia penal correspondiente.
La Fiscalía Especial Regional llevó a cabo una serie de indagatorias que permitieron obtener indicios razonables para establecer la probable responsabilidad de ambos sujetos en la comisión del hecho que la Ley señala como delito de administración fraudulenta, por lo que el Ministerio Público solicitó una orden de aprehensión en su contra.
Omar O. y Carlos Alberto D. fueron detenidos en fechas recientes por agentes de la Policía de Investigación destacados en el Distrito V, por lo que fueron puestos a disposición del Juez de Control y Oralidad, quien luego de analizar los datos de prueba aportados, consideró que eran vastos para vincularlos a proceso en los términos ya señalados.
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