Por: Lic. Diana Ortega.
Uno de los eventos más comunes que lamentablemente sucede día con día, son los accidentes relacionados con vehículos, entre ellos, los atropellos a una persona, pero te has preguntado ¿qué debes de hacer en esos casos?
Lo primero que debes de hacer es observar si el conductor que atropelló a la persona se está haciendo responsable o se da a la fuga, si lo ves con intención de fugarse, es importante apuntar el número de las placas y si es posible describir el vehículo que ocasionó el percance.
Posteriormente hay que dar aviso del suceso a la autoridad correspondiente, es decir, llamar al 911, para que envíen una ambulancia y/o paramédicos para que sean ellos los responsables de revisar al, o a los lesionados y vean si es conveniente o no movilizarlos.
Enseguida hay que llamar a la policía para que levante el reporte de lo sucedido y en su defecto la denuncia correspondiente, en caso de que decidan realizarla. ¿Qué es lo que no debes de hacer? Jamás hay que mover al lesionado, porque en lugar de ayudarlo, podemos llegar a agravar su situación actual, además de que, pueden ser responsables de algún otro daño mayor que pueda llegar a sufrir, ya que esas lesiones en ocasiones pueden conllevar al fallecimiento de la persona en días posteriores al hecho.
¿Y tú qué has hecho cuando ves que ocurre un accidente? Si quieres conocer más información no olvides leer el Semanario Laguna, La Noticia Como Es ¡Porque recuerda que es Tu Derecho!
Por: Lic. Diana Ortega.
Hace unos días me llegó una persona que tenía aproximadamente un año sin pagar su plan de celular y estaba consciente que la compañía podía quitarle el número del celular, pues eso se encuentra en sus términos y condiciones, sin embargo, lo que no hizo fue cuidar la protección de los datos personales de esta persona y vendió el número a un tercero.
Esto es un error garrafal a tal grado que está incurriendo en delitos de Protección de datos personales, pues bajo el ánimo de lucrar, vulnera la base de datos personales que se encontraban contenidos en el chip, formando parte de una transferencia de datos personales al momento de vender nuevamente la línea del teléfono sin tener la pericia de una eliminación segura, como lo debe de tener en diversas políticas de ciberseguridad, como el borrado seguro.
Con esto, se desencadena una serie de delitos federales, como la violación de correspondencia, al momento de que el tercero que adquiere esta nueva línea, puede llegar a tener acceso a conversaciones contenidas en el mismo, del anterior dueño de la línea.
La solución más inmediata para proteger a la persona que ha sido vulnerada es levantar ante el INAI la denuncia correspondiente, por el mal manejo del tratamiento de datos personales y además una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR), para denunciar estos hechos.
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Contacto: dianaortega@digitalveintiocho.com
La situación ha generado especulaciones sobre la venta de la base de datos. Foto: Cortesía.

Por: Lic. Diana Ortega.
La base de datos de la tienda Coppel fue robada hace unos días y ahora se encuentran en el mercado negro, la falta de protocolos en materia de privacidad y ciberseguridad en las empresas deja vulnerables a todas las personas con las que tienen o tuvieron algún tipo de relación con éstas.
El caso de Coppel es sólo uno de los varios asaltos y ataques cibernéticos que se han venido dando en los últimos años, y esto va a ir en aumento, puesto que cada vez la tecnología avanza más, pero muchas empresas no se lo toman en serio o creen que no les va a suceder nada, pero esto no puede distar más de la realidad, para ejemplo tenemos a Coppel y al mismo Buró de crédito que tiempo atrás, también fue hackeado.
De aquí que se recomiende tener los protocolos adecuados, no solo para el tratamiento de los datos personales, que dicho protocolo se encuentra inmerso en diversas políticas tanto para prevenir el robo dentro de la empresa como lo que debe de realizarse si sufren un ciberataque, como es el caso de Coppel, además de acompañarse de software de ciberseguridad, que dificulte que cualquier persona con conocimiento en programación pueda llegar a irrumpir no solo en su base de datos, sino, en sus finanzas, en sus CRM y todo cuanto manejen en el ciberespacio, incluidas sus cuentas bancarias.
La recomendación para todos aquellos que fueron víctimas del robo de su información en Coppel, es que levanten una solicitud de derechos ARCO ante Coppel y posteriormente lo lleven a las instancias correspondientes, toda vez que, esta lesión puede resultar más adelante hasta en secuestros y/o extorsiones, al conocer sus datos personales y los estados de cuenta que tenían.
Si quieres que te apoye en esto, puedes escribirme por correo. Si quieres conocer más información no olvides leer el Semanario Laguna, La Noticia Como Es ¡Porque recuerda que es Tu Derecho!
Por: Lic. Diana Ortega.
Padre de familia: ¿realmente te has dado a la tarea de regular lo que tus hijos ven en internet y con quiénes interactúan? En el ciberespacio, es indispensable tener determinados controles parentales para poder ver a qué vínculos acceden y cuidar responsablemente a los menores en internet.
Imaginate que tu familia vive a tres cuadras de un parque y cuando descansas llevas a tu hijo de seis años a jugar. ¿Por qué no lo dejas ir solo?, ¿qué peligros puede haber en el proceso de las tres cuadras que tendría que caminar para llegar al parque? Bueno, podrías pensar, si no se fija bien al cruzar la calle, podrían llegar a atropellarlo, o si lo ven solo, alguna persona mal intencionada se lo puede robar, o algún loco o loca en la calle lo pueda engañar y lo envenene o le haga algún daño.
Pues al darle un dispositivo con acceso a internet, es lo mismo, pues se pueden llegar a encontrar con enlaces que lo engañen y lo lleven a ser manipulados por personas mal intencionadas que quieren y se dedican a aprovecharse de los menores de edad, para conseguir otras finalidades con alcances que van desde extorsiones hasta secuestros y en los peores casos, inclusive pueden llegar a la muerte.
¿Pero cómo es que logran contactar a los niños? pues justo ahí es dónde entran los algoritmos a realizar su función, por el comportamiento de la persona que usa el dispositivo, dígase celular, Ipad, tablet, laptop, etc. Por lo cual, a través del análisis de estos, se puede llegar a conocer, si, quien usa esto, es una persona mayor de edad o un menor de edad por los gustos y los sitios que revisa generalmente, lo cual queda registrado.
Ahora te preguntarás: ¿cómo puedo prevenir y cuidar a mis hijos en internet? El maestro Jorge Haro, que es experto en ciberseguridad, recomienda utilizar el control parental de google family o algún otro que les apoye a conocer y que les emita alertas directas cuando se encuentren con una página o vínculo extraño que pueda llegar a poner en riesgo su integridad y seguridad.
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Por Lic. Diana Ortega
Urge que se difunda información sobre la importancia de la diferencia entre la transparencia y la rendición de cuentas que para muchos políticos no es clara.
Me resulta alarmante que la candidata a la presidencia de México por la alianza Sigamos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum, desconozca la diferencia entre los conceptos de transparencia y rendición de cuentas.
Siendo que la rendición de cuentas es un proceso que se encuentra lleno de metodologías para administrar erario público y cuyo incumplimiento conlleva sanciones, en donde tienen esta obligación cualquier organismo, institución, autoridad o entidad que ejerza y/o reciba recursos públicos, encontrándose obligados a explicar a la ciudadanía cómo usaron estos recursos que se les proporcionaron en las actividades que desempeñaron y los alcances que lograron durante su gestión con los mismos.
Un ejemplo de la rendición de cuentas son los informes de gobierno, en los cuales se expresa cuánto dinero del erario público se recibió para determinado estado, municipio o localidad y para qué fines se utilizaron estos, el objetivo que tenían y lo que lograron con ello.
Mientras que, la transparencia tiene que ver con la información que deben de poner a disposición pública las organizaciones políticas y las instituciones gubernamentales, en donde permitan que la ciudadanía o cualquier otra persona interesada, pueda ver, analizar y revisar las constantes publicaciones e información que ponen a disposición de todos a través de diferentes medios de comunicación y/o sitios web. Aquí es donde nos vamos a encontrar los datos abiertos siendo los datos digitales que de acuerdo con el Portal de Transparencia (Datos Abiertos, n.d.), tienen las siguientes características: accesibles, integrales, gratuitos, no discriminatorios, oportunos, permanentes, primarios, legibles por máquinas, en formatos abiertos y de libre uso.
Un ejemplo de esto lo encontramos al consultar la Plataforma Nacional de Transparencia, donde podemos consultar información sobre cualquier dependencia gubernamental que deseemos.
Por tanto, si bien es cierto que estos conceptos se encuentran relacionados, también lo es que son diferentes entre sí, y que no se trata de crear nuevas instituciones, sino de utilizar de manera adecuada con las que ya contamos, partiendo de identificar y conocer los conceptos básicos. En otras palabras, dejar actuar al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para lo que fue creado y dejar actuar a las demás fiscalías y dependencias para lo que fueron hechas.
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La libre competencia, ha conformado uno de los principales objetivos de los países, porque se fortalece a las empresas que ya se encuentran consolidadas, al mismo tiempo que, apoya a los nuevos negocios emergentes. Pero te has preguntado, ¿qué pasaría si las empresas con mayor demanda en el mercado, dominaran a las emergentes?
Pues un caso similar ha pasado con Apple, en sus servicios de streaming, en particular con los referentes a la música, o al menos, esto es lo que han revelado las autoridades de la Unión Europea, a tal grado que han creado una nueva regulación, para evitar monopolios en las plataformas digitales de mayor relevancia, entrando en vigor este mes, la Ley de Mercados Digitales.
A través de esta ley, se pretende moderar a las plataformas que tengan alta demanda en el mercado, recibiendo la denominación de “Guardianes”, con la finalidad de brindar la libertad de competencia económica dentro de sus plataformas, esto es que, los servicios que ofrecen de su misma compañía tengan la misma relevancia y oportunidades que las de sus competidores, pese a que se encuentren en el mismo giro y/o aplicación, dejando que los consumidores finales puedan decidir cuál usar.
Dicha regulación nace de la contienda entre Spotify y Apple, pues tras largas investigaciones (cinco años) de la UE, resolvieron multar a Apple por un millón 800 millones de euros, lo que equivale a un millón 950 millones de dólares, por obstaculizar la competencia entre empresas de streaming, con relación a los servicios de música. Toda vez que, cobraban a Spotify una comisión de hasta un 30 por ciento adiciona,l por las ganancias obtenidas en las descargas y compras que se realizaran en la App Store y no permitían interactuar directamente a los consumidores finales con Spotify, para mantener un control en dichas compras dentro de su sistema operativo, haciendo este servicio más caro para los usuarios de Apple y abaratando de cierta forma el costo por el uso de Apple music, logrando que éste último sea más atractivo para el consumidor final.
Cuéntame, ¿tú qué otros servicios has notado que son más costosos si los pagas en un lugar, que en otro? Si quieres conocer más información no olvides leer Semanario Laguna, La noticia como es ¡Porque recuerda que es Tu derecho!
Contacto: dianaortega@digitalveintiocho.com
Por Lic. Diana Ortega
Muchas veces en el ejercicio de mi profesión me he encontrado con esta disyuntiva en diferentes momentos, sin embargo, yo diría que lo primero que va es el Naming (nombre de la marca, en caso de que sea nominativa), el logotipo (en caso de ser innominada) o en su defecto ambos (logo + naming = Marca Mixta).
Una vez que tienen estos elementos, mi recomendación siempre va dirigida a que se la manden a los expertos en Propiedad Intelectual, para que realicen las búsquedas en las bases de datos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), dentro de las actividades y/o servicios para que la van a utilizar, para revisar si está libre el diseño y/o nombre que quieren proteger. En caso de encontrarse libre, es el momento perfecto para ingresarla a trámite.
¿A qué me refiero con ello?, imagínate que gastaste 20 mil pesos en todo el branding, sin hacerlo de la mano de un especialista en marcas, por lo que el diseñador trabaja a ciegas conforme al sistema legal, ya que no sabe si ya existe algo igual o similar. Luego, si tú realizas el trámite en línea, sin asesoría de expertos pagarás en derechos dos mil 813.77 pesos, hasta el momento irían 22 mil 813.77 pesos invertidos.
Suponiendo que la solicitud se ingresa bien, no pagarás por corregir errores en la solicitud, pero por la omisión de revisar en las bases de datos del IMPI, te niegan el registro porque ya existe una marca como la tuya, lo que da como resultado, no sólo la pérdida de tu dinero hasta el momento invertido, sino además si lo usas, te pueden infraccionar por uso no autorizado de una marca.
En mi opinión y respondiendo a la interrogante del título, primero va el naming y/o logo, junto con la búsqueda acompañada de un especialista en Propiedad Intelectual, así será más seguro que puedas obtener un título de registro de marca. ¡No pierdas tu dinero! ¡Vale la pena invertir en una marca que será un activo intangible!
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Por Lic. Diana Ortega.
Solamente quien vive en la casa conoce lo que tiene adentro, partiendo de este dicho popular, les compartiré por qué considero que la propuesta de reforma a la Constitución Mexicana, que plantea nuestro Presidente Andrés Manuel López Obrador, resulta inverosímil, con respecto de que los cargos del Poder Judicial deben de ser electos por los ciudadanos.
Partiendo de la premisa de que los ciudadanos desconocen el funcionamiento del órgano interno del Poder Judicial, no hay otras personas más capacitadas que los que forman parte del mismo poder judicial, para observar quién tiene las mejores facultades para desempeñar funciones dentro del mismo.
Así es, hablo de la meritocracia, que comienza en una carrera judicial, que va desde el estudiante que va a aprender a un juzgado o a alguna agencia del ministerio público, para conocer cómo se aplica el derecho en casos concretos y reales, en donde comienza a involucrarse, lo que atrae por añadidura por un lado, a ser conocido y reconocido a través de su dedicación, y por otro lado, va adquiriendo habilidades, así como destrezas que lo llevan a desarrollar las actividades que dan la pauta a que se tenga acceso a la impartición de justicia. Recordemos que el derecho se ejerce pensando de una manera lógico-jurídica.
Eso no lo puede observar cualquier persona, sino sólo los que se involucran en los asuntos de esa área del derecho. Ya que, no todos son abogados calificados para ocupar nombramientos y el avance que obtenga dentro del poder judicial va de la mano del conocimiento y la preparación en esa área.
Estoy segura de que ninguna persona fuera de este ambiente, puede conocer a las personas adecuadas para desempeñar estos cargos, por lo que dejarlo a la votación popular, me resulta abrumador y un desastre directo para la impartición de justicia.
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Por Lic. Diana Ortega
La neurotecnología, de acuerdo con la UNESCO (Ética De La Neurotecnología, 2023), es la tecnología que interactúa con el cerebro y ha llevado a beneficios en la salud de diversos pacientes con enfermedades mentales. No dudo que llegue a ser eficiente pero, ¿qué pasa con el tratamiento de los datos personales sensibles? ¿Qué pasa con las decisiones que se toman?, ¿son realmente de la persona o son como programas que se instalan en el cerebro para inclinar a que sea propenso a tomar decisiones predeterminadas?
Este tema me parece muy interesante, porque con los avances tecnológicos que se han venido desarrollando, se tiene que desenvolver al mismo tiempo la conciencia humana sobre estas nuevas herramientas. Cuánto más, si estas pueden llegar a alterar la voluntad y la capacidad de decidir, como lo venimos realizando con el libre albedrío. ¿Dónde queda?
Me imagino a una persona, la cual comienza a recibir información directamente al cerebro, a tal grado que comienza a cambiar de gustos, tal como en la película de “La naranja mecánica” de 1971. Ahí se muestra un contexto social que rechaza al inadaptado, y lo castiga de cierta forma, pero que al intentar que éste encaje, cambiando su manera de pensar y percibir el mundo, vemos un efecto perjudicial, a tal grado que la violencia que antes le era satisfactoria, ahora le provoca malestar corporal. Al ver ahora que ya es posible alcanzar ese nivel de alteraciones neuronales, me pregunto: ¿qué tan benéfico puede resultarnos o qué tan contraproducente pueden llegar a ser estas intervenciones? Porque lo que sí me queda muy claro, es que el libre albedrío se ve amenazado, si no hay una ética en el ejercicio de esta ciencia.
Los derechos humanos están en constante cambio y movimiento, a tal grado que ya hay discusiones internacionales sobre la regulación de la aplicación de la neurotecnología, en donde los datos personales juegan un papel importante, pues entrarían con esta ciencia a lo más íntimo de nuestro ser, pudiendo llegar a afectar la libertad de autodeterminación (de decisión).
No estoy en contra de esta ciencia, pero me cuestiono muchas circunstancias en donde resulta favorable y otras donde considero que no estamos preparados jurídica ni socialmente para estos cambios. ¿Tú qué opinas?
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Por Lic. Diana Ortega
Quienes se dedican a realizar fraudes tienen que ser personas carismáticas para tener las herramientas necesarias para convencer a sus víctimas, logrando que confíen y les entreguen lo que quieren.
Pero, ¿te has preguntado qué es un fraude? la respuesta la tiene el Código Penal Federal, en donde se plasma que: “comete el delito de fraude el que engañando a otro o aprovechándose del error en que éste se halla, se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero”.
Esto quiere decir que no existe un solo estilo de fraude, ya que se puede ver en diferentes esferas y escalas, viniendo desde el niño que cuando se percata que está ganando el equipo favorito de papá, aprovecha que está distraído y pide dinero, le sueltan la cartera y dispone libremente de cualquier cantidad que desee, hasta las financieras que se dedican a “invertir” con rendimientos mensuales del 50, 70 e inclusive dicen recuperar el 100 por ciento de la inversión de manera mensual.
Siempre hay que estar atentos a estos red flags (banderas rojas), porque cuando algo luce demasiado bien, puede traer cosas ocultas o como lo establece el código penal “aprovechándose del error”, se logre alcanzar una ganancia.
De ahí que debamos estar atentos para no caer en las garras de estas encantadoras personalidades cuando nuestro patrimonio se encuentra en juego y verificar bien, antes de realizar cualquier inversión, que sea una empresa confiable con registros ante la La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), y que se encuentre respaldado el dinero que se confía, ya sea en oro, plata o en su defecto, verificar que sí coticen en la bolsa de valores.
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