Las multas son de hasta 24 millones de pesos para los que no respeten los términos y condiciones establecidos en los permisos que otorga la CRE, entre ellas, las de tener los precios visibles
Bomba de gasolinera en Ajijic. Foto: Cortesía.
Ciudad de México.- La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) firmaron un convenio de colaboración para establecer un fluido intercambio de información sobre el mercado de combustibles que permitirá robustecer las verificaciones y, con ello, prevenir abusos.
Ambas instituciones pueden imponer sanciones a las empresas que no reporten precios a la Comisión Reguladora de Energía o que vendan los combustibles por encima del precio máximo establecido.
En este sentido, la PROFECO dará aviso a la CRE cuando observe el incumplimiento de los precios máximos y cuando éstos no sean iguales a los reportados ante la CRE por los permisionarios. Por su parte, la PROFECO podrá imponer sanciones a las gasolineras cuando no despachen litros completos.
Cuando las estaciones vendan gasolina y diesel a un precio mayor al máximo, distinto al reportado a la autoridad, o no respeten los términos y condiciones establecidos en los permisos que otorga la CRE, entre ellas, las de tener los precios visibles, dicha instancia podrá sancionar con multas de hasta 24 millones de pesos de acuerdo con la Ley de Ingresos 2017 y la Ley de Hidrocarburos.
Asimismo, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la PROFECO podrá aplicar multas de hasta 4.1 millones de pesos, que se pueden duplicar en caso de reincidencia. En caso de que se nieguen a ser verificados, la Procuraduría puede presentar denuncias penales ante la Procuraduría General de la República (PGR), en términos del artículo 253 Fracción III del Código Penal Federal, el cual contempla una sanción de hasta 10 años de prisión por presuntos delitos contra la economía pública y multas de hasta 8.2 millones de pesos.
En materia de gas LP, permisionarios y distribuidores pueden ser acreedores a multas de hasta 22.6 millones de pesos cuando no tengan los precios visibles o vendan a un precio mayor al reportado a la CRE. Además, cuando un permisionario no reporte sus precios a la Comisión, se hará acreedor a una multa de hasta 11.3 millones de pesos de acuerdo con la Ley de Hidrocarburos.
Los permisionarios de gas LP que se nieguen a la verificación de la PROFECO pueden ser sancionados hasta con 10 años de prisión por presuntos delitos contra la economía pública y multas de hasta 8.2 millones de pesos.
Con la firma del convenio, la CRE dará acceso a PROFECO a la información referente a los precios al público de los combustibles, así como a los volúmenes de compra y venta en las actividades de distribución y venta.
Esto permitirá identificar en cuánto se venden los combustibles en las estaciones de servicio en todo el país y sancionarlas cuando se sobrepase el precio máximo establecido por región, en tanto entre en vigor el proceso de flexibilización de mercados de gasolinas y diesel que se dará de manera gradual a lo largo de 2017.
En materia de gas LP, la PROFECO podrá consultar el padrón de permisionarios de la CRE, lo que le permitirá realizar verificaciones más efectivas.
Tanto el Comisionado Presidente de la CRE, García Alcocer, como el Procurador Nemer Álvarez coincidieron en que la firma de este convenio mejorará la protección del consumidor y facilitará la implementación del nuevo esquema de libre mercado en materia energética.
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